Para: Sra. Sue Hagen; Sr. Sylvain Cuperlier
Estimada señora Hagen, estimado Señor Cuperlier,
reciban un saludo de parte de nuestras organizaciones suscritas, pertenecientes a la red EUROBAN. Nos dirigimos a ustedes acerca de la situación de los derechos sindicales en las operaciones bananeras de DOLE, sus proveedores de banano y piña, y una de sus empresas tercerizadoras de mano de obra. Esta situación que ha sido motivo de denuncia por parte de los sindicatos, que originaron mensajes y acciones de protesta y solidaridad de organizaciones civiles, entre ellas algunas de EUROBAN, y el público en general. Ha habido también un continuo intercambio de cartas entre COLSIBA y DOLE que trataron de conflictos y problemas específicos, sin poder llegar a soluciones reales, hay que hacer notar que ustedes no respondieron las dos últimas cartas enviadas por COLSIBA en el mes de Abril pasado, lo que denota poco interés para buscar soluciones a los asuntos plateados.
Situación en Costa Rica:
Aunque consideramos que el acuerdo marco firmado entre DOLE y la coordinadora de Sindicatos bananeros de Costa Rica, COSIBA-CR, en Costa Rica del mes de marzo de 2007 ha creado un mecanismo formal para reuniones periódicas entre las dos partes, y que DOLE ha tomado una iniciativa para propiciar conversaciones entre los sindicatos con algunas, empresas proveedoras de Banano y Piña en Costa Rica, constatamos que ni en este país ni al nivel regional se han concretizados los avances deseados que en algunos casos, incluso anunciados por ustedes en favor del libre ejercicio de la acción sindical.
En Costa Rica siguen manifestándose actitudes y acciones antisindicales de parte de la administración local y supervisores de trabajo, que buscan impedir o revertir la afiliación sindical mediante la intimidación y amenaza solapada a los trabajadores, con promesas y anunciando sensibles consecuencias negativas para cualquier trabajador persistente en ser afiliado.
A esto se suman intervenciones de promotores de la Escuela Social Juan XXIII, en contra de las organizaciones sindicales, con la colaboración de las administraciones locales de las fincas, aunque esta injerencia de terceros en las relaciones laborales es una violación del acuerdo marco entre DOLE y COSIBA-CR, asimismo de la ley costarricense que prohíbe al solidarismo cualquier actividad antisindical. La iniciativa de DOLE a propiciar reuniones entre COSIBA-CR y las proveedoras, Collin Street Bakery y Grupo Acon, S.A. ha sido correcta, pero no basta, porque la abierta violación de los derechos sindicales sigue dándose después de varios años de continuas denuncias.
Como otro caso de discriminación y represión selectiva registramos lo que informa COSIBA-CR sobre el despido de cuatro trabajadores afiliados al sindicato, SITAGAH en las fincas Zurquí, y del SITRAP de tres más en las fincas Perlas, que DOLE justifica con cambios en las prácticas agrícolas. Pero mientras otros trabajadores fueron reubicados, incluso se han contratado nuevos trabajadores, los sindicalistas perdieron su trabajo. COSIBA-CR avisó en reuniones con la gerencia de DOLE sobre los inminentes despidos, comunicados primera e ilegalmente en forma verbal a los afectados, pero paradójicamente recibió enojados desmentidas de los gerentes. Consideramos que no existe un verdadero clima de acuerdo sobre principios básicos del derecho sindical y no se ha construido la confianza en Costa Rica por parte de la empresa.
Planteamos ante ustedes la urgente necesidad de organizar asambleas con la participación de la gerencia de DOLE y COSIBA-CR, las administraciones de las fincas y las proveedoras para que todos se compenetran del significado del acuerdo marco y de la obligación a respetar y facilitar el trabajo sindical.
Sobre Perú:
En Perú existe una situación inaceptable que afecta a los afiliados del sindicato SITAG, integrante de COLSIBA, que trabajan en la tercerizadora SERAGRO para DOLE-Perú. La Inspectoría de Trabajo del Ministerio de Trabajo de Perú resolvió en septiembre de 2007 que se debe pagar el día de descanso semanal y libre de trabajo, lo que incluye el pago retroactivo para el período de enero 2003 hasta septiembre 2007. SERAGRO se niega a pagar y alega supuestas incongruencias en las leyes de Perú. Ya se ha hecho una lamentable costumbre de parte de SERAGRO rechazar las resoluciones de la Inspectoría de Trabajo cuando le son desfavorables. DOLE ha justificado este procedimiento de SERAGRO, lo comparte y añade más elementos a estas interpretaciones legales, que muy cautelosamente consideramos como muy extraños. DOLE acepta la gran carencia de recursos de los trabajadores que les impide defenderse apropiadamente contra los abusos laborales, pero responde en favor de la parte patronal y sofoca los intentos de los trabajadores de hacer valer sus derechos. Lo demuestra el injusto desenlace del conflicto por la huelga del enero 2008 cuya causa ha sido la negación de pagar la mora por los días de descanso. Una reunión entre SITAG, SERAGRO y el gerente de DOLE-Costa Rica, Señor, Jorge Víquez, anunciada a COLSIBA como ocasión en que se iba a presentar una propuesta integral, no propició ningún cambio positivo de la situación. Esto es completamente contradictorio con la imagen proyectada por DOLE acerca de su compromiso con los derechos laborales y la responsabilidad social. Reciente fueron despedidos unos y castigados otros de los trabajadores de SERAGRO, afiliados a SITAG, que se habían defendido contra el abuso de ser obligados a trabajar en la hora de su receso del almuerzo. Consideramos que los trabajadores despedidos deben ser reinstalados en sus trabajos, las suspensiones revocadas, y la mora por el día de descanso semanal pagada. Consideramos que DOLE debe responsabilizarse para efectuar el pago moroso del día de descanso. El no pago originó durante años una disminución del costo de la mano de obra para DOLE. Será justo devolver el capital principal de este ahorro a los trabajadores. Supongamos que DOLE no había pagado tampoco el día de descanso cuando empleó directamente sus trabajadores en 2001 y 2002, obteniendo otro beneficio económico de los trabajadores. Este período ni siquiera está considerado en la resolución de la Inspectoría de trabajo.
La última resolución del 21 de Mayo 2008, de la inspectoría sub-regional de Piura, Perú, Resolución Sub- Directoral Nº 067-2008-DRTPE.
Resuelve:
A- Se encuentra a la tercerizadora SERAGRO- SAC, de Dole, que a incurrido en infracciones muy graves en materia de relaciones laborales contempladas en el Decreto Legislativo Nº 713 en los Art. 1 y 4 y su reglamento en el Decreto Supremo Nº 012 Art. 4 a no haber cancelado oportunamente el día de descanso dominical obligatorio desde el 01 de enero 2003 al 15 de octubre del 2007 a los trabajadores.
B- Multa a la empresa SERAGRO- SAC de DOLE por violar derechos a los trabajadores con el 81% de 11 unidades impositivas tributarias que equivalen a la suma de 31, 185.00 Soles, así
las cosas en Perú la empresa Dole debería asumir la responsabilidad de cancelar todos los extremos legales adeudados a que los trabajadores afiliados del SITAG tienen derecho por ley durante todo el tiempo, al mismo tiempo garantizar la estabilidad laboral de estos trabajadores/ras.
Ecuador:
En Ecuador no ha habido ningún avance para ejercer el derecho al trabajo sindical. DOLE ni siquiera se molestó de responder a una carta de la federación FENACLE, integrante de COLSIBA, en que se solicita el inicio de conversaciones formales sobre el trabajo sindical en las operaciones de DOLE. Esta carta fue dos veces enviada a DOLE-UBESA, en agosto 2007 y en enero 2008. Registramos una actitud ambigua de DOLE ante FENACLE. Por un lado busca la presencia formal de FENACLE en actos de beneficencia social, por otro evade cualquier compromiso con la protección del trabajo sindical en fincas propias y de sus proveedoras, y menosprecia la solicitud de FENACLE. Es urgente que DOLE demuestre en Ecuador una actitud de apertura. Esperamos que DOLE fije y comunique una fecha tope hasta cuando FENACLE va a recibir una respuesta a su carta.
Guatemala:
Con respecto a Guatemala, DOLE no ha cumplido sus promesas. Una promesa ha sido elaborar un informe sobre la situación en las operaciones bananeras que abastecen a DOLE, lo que incluye la situación en la costa sur del país. Este informe debería de darse a conocer a COLSIBA, según el compromiso contraído desde diciembre 2006 en una reunión entre las dos partes, para proceder después a definir acciones concretas para proteger los derechos sindicales en estas operaciones. Queremos recordar a DOLE que este compromiso está pendiente a cumplirse, y les agradeceríamos información sobre el plazo de tiempo en que esto se va a dar. La segunda promesa ha sido organizar una reunión en Guatemala con la participación de los sindicatos y las administraciones de las fincas que abastecen a DOLE para informar sobre la política de respeto al derecho sindical que DOLE quiere implementar también en Guatemala. Recibimos de DOLE hace meses una breve información sobre una reunión en Guatemala con algunos de sus proveedores, sin participación de los sindicatos, de la cual no surgió ningún plan concreto. Por ello, no se puede reconocer que este evento hubiera sido en concordancia con lo acordado entre COLSIBA y DOLE. Consideramos que esta promesa todavía esta vigente, y pedimos a DOLE informar a COLSIBA y los suscritos sobre la programación de esta reunión o foro y la comunicación que se establecerá con los sindicatos en Guatemala.
Les solicitamos cortés y respetuosamente su respuesta a los puntos aquí planteadas. Le aseguramos que la vamos a ponderar muy cuidadosamente, para determinar si con nuestros medios de información y comunicación con que nos podemos dirigir al gran público, podemos dar a conocer el inicio de un cambio de DOLE con respecto a los derechos sindicales que todavía no se ha patentizado, o si DOLE quiere seguir con el desconocimiento de los mismos.
(Saludos etc.)
(Firmas)