- La investigación desarrollada por Fundación Acceso reveló que, a pesar de existir marcos legales para proteger la privacidad, hay fragilidad institucional, normativas ambiguas, y una cultura del secreto en el ámbito de la vigilancia.
Tegucigalpa, Honduras (Conexihon).- Opositores políticos y defensores de derechos humanos en Honduras son altamente vulnerables a la vigilancia digital y la intervención de sus comunicaciones telefónicas, pese a que el Estado hondureño ha ratificado los principales instrumentos internacionales sobre derechos humanos, como la Convención Americana de Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derecho Civiles y Políticos, así lo reveló este jueves una investigación divulgada por la Fundación Acceso, de Costa Rica.
A nivel político, el Estado ha abordado la necesidad de utilizar herramientas para la intervención a las comunicaciones como un mecanismo de ataque a la delincuencia organizada: la justificación de la vigilancia es la seguridad pública. Sin embargo, al analizar las normas que regulan estas intervenciones, nos damos cuenta que las mismas son aplicables a la investigación de cualquier delito, incluidos los delitos comunes o políticos, lo cual nos genera dudas democráticas.
Por su parte, el investigador Edy Tábora Gonzales sostiene que en Honduras las normas restrictivas son muy ambiguas y abiertas, permitiendo solicitudes de vigilancia en internet y en las telecomunicaciones por cualquier delito, y con el agravante de que no hay necesidad de una prueba para valorar la necesidad y proporcionalidad de la intervención.
En el país, -sostiene- es mínima la discusión sobre el “derecho a la privacidad, relacionada con la criminalización, vigilancia y/o censura digital, en internet y en las telecomunicaciones”. Encontramos poco desarrollo académico o de la sociedad civil respecto del derecho al acceso a internet y las vigilancias desde las nuevas tecnologías, sin embargo sí encontramos normas regulatorias sobre el acceso a internet y las vigilancias por parte del Estado, detalla el documento titulado titula “¿Privacidad digital para defensoras y defensores de derechos humanos?, un estudio sobre cómo los marcos legales de El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua pueden ser utilizados para la protección, criminalización y/o vigilancia digital de defensoras y defensores de derechos humanos”.
Según las experiencias compartidas por las y los participantes en Honduras, la situación de vigilancia en internet y de las comunicaciones tomó fuerza a partir del golpe de Estado en el año 2009, sobre todo la vigilancia selectiva hacia opositores políticos y personas defensoras de derechos humanos la cual, aseguran, se agudiza en momentos cercanos a las votaciones populares, en discusiones de leyes importantes y en tiempos de protesta.
Tanto en El Salvador como en Honduras, se resaltó por la ocurrencia de hackeos de cuentas de correo y redes sociales, así como clonación de páginas web institucionales a través del envío de solicitudes masivas.
La investigación de la Fundación Acceso, incluye un profundo análisis sobre los marcos legales existentes en cuatro países de la región, para la protección de la privacidad digital de las personas defensoras de derechos humanos, mediante la cual se determinó, que a pesar de existir las normativas, este sector es vulnerable, existe una cultura del secreto alrededor de los temas de vigilancia y se encuentra expuesto a la violación de su privacidad.
Para acceder a la investigación
Resumen Ejecutivo : http://acceso.or.cr/files/investigacion-resumen-ejecutivo.pdf
Investigación completa: puede ingresar al sitio http://acceso.or.cr/files/Investigacion-Privacidad-Digital-FA.pdf
El discurso que se repite una y otra vez es aquel en el que se afirma que, si una persona quiere resguardar su privacidad, tener control sobre su información personal, es porque tiene algo que esconder. Y la falsa disyuntiva entre seguridad y privacidad se presenta como una verdad irrefutable.
¿Privacidad digital?
Por ejemplo, la privacidad digital puede ser limitada mediante la intervención de las comunicaciones, tanto las que se realizan por teléfono como las establecidas a través de internet, lo que implica la captura, no solo del contenido de las comunicaciones, sino de los metadatos que estas generan (números de teléfono o direcciones de correo electrónico con los que se estableció comunicación, lugar y hora en que la misma fue realizada, etc.).
En la mayoría de los países estudiados se determinó que es posible interceptar las comunicaciones cuando se trate de sospechas por terrorismo, crimen organizado, tráfico ilegal, narcotráfico, lavado y otros delitos relacionados. Sin embargo, poco sabemos sobre el uso de esos poderes de vigilancia. Los Estados no son transparentes con relación al uso y alcance de las leyes de Vigilancia de las Comunicaciones, reglamentos u otras normas. Ellos no publican como mínimo, información estadística sobre el número de solicitudes aprobadas y rechazadas, un desglose de las solicitudes por proveedor de servicios, por autoridad investigadora, el tipo y propósito, y el número específico de personas afectadas por cada una y según el tipo de investigación y sus propósitos.
En Centroamérica no existe un solo cuerpo legislativo que contenga toda la normativa que autorice la actividad de vigilancia por parte del Estado, sino que se encuentran dispersas en la Constitución, decisiones judiciales y leyes, asimismo, están dispersas las garantías legales que protegen a las personas frente a la interferencia del derecho a la privacidad.
“Para la defensa de la privacidad digital, la ciudadanía, incluidas las personas defensoras, cuentan con dos mecanismos fundamentales de acceso a la justicia en el contexto de la vigilancia por violación de derechos fundamentales: el recurso de amparo y el recurso de inconstitucionalidad, y en Nicaragua se suma el recurso de habeas data, que busca proteger la información de los datos personales.” comentó Luciana Peri, coordinadora de la investigación. La investigación también abarcó el análisis de, en qué medida, el marco legal vigente en estos cuatro países se adecua a los estándares internacionales en la materia, particularmente, a los “Principios Internacionales sobre la Aplicación de los Derechos Humanos a la Vigilancia de las Comunicaciones”, añadió Katitza Rodríguez, Directora Internacional de Derechos Humanos de la Electronic Frontier Foundation, quien asesoró en la elaboración de la presente investigación.
En este sentido, el estudio reveló que, en cada uno de los países, los estándares internacionales son respetados en diferentes grados, pero en ninguno de ellos puede afirmarse que sean incorporados en su totalidad.
El Salvador
Por ejemplo, Marlon Herńandez Anzora, investigador de El Salvador, afirmó que existe un marco jurídico con importantes garantías, muchas de ellas en concordancia con los estándares internacionales, sin embargo hay una gran fragilidad institucional y una coyuntura política-social que permite que muchas de estas legislaciones puedan ser irrespetadas, burladas o desconocidas por quienes detentan el poder. Además, la discusión sobre las nuevas tecnologías de la información y la comunicación es aún incipiente y existe poco control ciudadano.
Guatemala
En Guatemala, Jorge Jiménez Barilla y Hedme Sierra Castro, concluyeron que la legislación no es clara ni precisa con respecto al tipo de comunicaciones que se pueden interceptar, ni tampoco sobre las causas y formalidades legales que se deben cumplir. Las leyes establecidas no cumplen con los principios de necesidad, idoneidad y proporcionalidad, por lo tanto, es necesario reformarlas.
Nueve de diez personas manifestaron que sus teléfonos habían sido intervenidos y/o utilizados como micrófonos, así como conocer otras personas activistas de derechos humanos a quienes les ha sucedido lo mismo.
Nicaragua
Y en Nicaragua, Mireya Zepeda Rivera comenta que, definitivamente, la adecuación de la normativa, con respecto a los estándares nacionales en materia de privacidad digital es un verdadero desafío, pues a pesar de contar con legislación, hay una evidente falta de voluntad política, centralización del poder y la criminalización de la defensa de los derechos humanos, temas recurrentes contra el sector civil del país. Tampoco existen instituciones que den cumplimiento a los procedimientos para garantizar estos derechos.
La vigilancia e interceptación de las comunicaciones telefónicas y electrónicas en Nicaragua ha sido una práctica sostenida, tanto a defensores y defensoras de derechos humanos como a personajes de la oposición, sostuvieron desde el sector técnico y de defensa de derechos humanos.
En todos los países se detectó al menos una situación de allanamiento en organizaciones donde trabajan personas defensoras de derechos humanos, de las que fueron extraídos dispositivos electrónicos con información sensible.
La investigación fue motivada por los contextos en que los países de la región se encuentran inmersos, sobre todo los que conforman el “Triángulo Norte”, así como Nicaragua. Dado que la cooperación internacional se orienta más hacia estas naciones se impulsó la iniciativa, pero se espera ampliarla en el futuro a Costa Rica y Panamá, donde también resultaría estratégica.
Sobre Fundación Acceso
Fundación Acceso es una organización sin fines de lucro, con sede en Costa Rica, con más de 20 años de experiencia y que desde el año 2007 trabaja en la región centroamericana con defensores y defensoras de derechos humanos en riesgo, apoyándoles en proceso relacionados con la Seguridad de la Información y la Comunicación.
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Fuente: http://conexihon.hn/site/noticia/derechos-humanos/derechos-humanos/honduras-opositores-pol%C3%ADticos-y-defensores-de-ddhh-bajo